Con el fin de tener un protocolo de alerta y búsqueda especializado cuando una persona con condición del espectro autista se extravié, Sagrario Montaño, presentó la iniciativa 'Alerta Azul', la cual dijo, ya es una realidad en Sonora.
La legisladora local por el PAN destacó este lunes que con la 'Alerta Azul' las autoridades encargadas podrán realizar la búsqueda de una persona, tomando en cuenta las particularidades y que se le brinde a la ciudadanía información de utilidad para el caso de que ubiquen a la persona con condición del espectro autista extraviada .
“Quiero reafirmar mi compromiso por apoyar y estar presente siempre en la defensa de los derechos de las personas con autismo, mi trabajo está enfocado en tratar de hacerles más fácil el camino por el que atraviesan miles de familias, muestra de ello es esta iniciativa de alerta azul”, señalo la diputada.
El 2 de abril, como cada año desde el 2007, se recuerda el Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo, una condición que según cifras actuales, tres de cada seis niños padecen y afecta tanto a hombres como mujeres por igual.
De igual forma, con la finalidad de respaldar el trabajo digno de las trabajadoras del hogar, la legisladora panista busca la adición de disposiciones al Código Penal del Estado de Sonora, las cuales tienen como objetivo principal aplicar sanciones a aquellas personas que cometan actos de discriminación contra trabajadores del hogar.
“Esta iniciativa busca reforzar los avances ya logrados mediante la implementación de un marco legal estatal que establezca sanciones severas y contundentes para aquellos que intenten vulnerar la ley dentro de las paredes de los hogares donde laboran las trabajadoras del hogar”.
Busca aplicar sanción de 1 a 4 años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo comunitario y multa de hasta 400 unidades de medida y actualización a la persona que realice un acto de discriminación a una persona trabajadora del hogar.
Lo anterior es mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas: no formalizar la relación laboral mediante contrato por escrito, negar o restringir derechos laborales, explote laboralmente según los supuestos previstos en el artículo 21 Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos.
En caso de cuando la víctima sea una mujer la pena será de 2 a 6 años de prisión o de 200 350 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de hasta 400 unidades de medida y actualización.
Las penas se agravaran en una mitad cuando, la víctima resida en el domicilio donde realice sus actividades cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de una persona menor de 18 años.